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Llano habló sobre la causa contra Martínez Lastra: “El Municipio también tiene responsabilidades”


El abogado confirmó que el fiscal Damián Borean continuará al frente de la investigación por presunto abuso sexual contra el secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil. Advirtió sobre las responsabilidades que podrían corresponderle al Ejecutivo local como empleador de la denunciante. Además, reveló que Santamarina reconoció haber recibido los reintegros del seguro por prestaciones médicas, pero incumplió una promesa de pago de la deuda de más de 46 millones de pesos que reclama AMEMT.

El abogado tandilense Facundo Llano, representante legal de la trabajadora municipal que denunció por presunto abuso sexual al secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil (STMT), Roberto Martínez Lastra, brindó precisiones sobre el estado de la investigación judicial y puso especial atención en las responsabilidades que podrían corresponderle al Municipio por la situación laboral de la denunciante.

En diálogo con Radio UP 89.1, el letrado también abordó otro conflicto de fuerte repercusión local: el reclamo de la Asociación Mutual de Empleados Municipales de Tandil (AMEMT) contra el Club Santamarina por una deuda superior a los 46 millones de pesos, correspondiente a intervenciones quirúrgicas y otras prestaciones médicas realizadas a futbolistas de la institución.

Borean seguirá al frente de la investigación contra Martínez Lastra


Una de las principales novedades aportadas por Llano tiene que ver con la definición de la fiscalía que continuará investigando la denuncia contra el dirigente sindical.

El abogado explicó que, luego de una discusión interna de competencia entre la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N° 12, a cargo de Damián Borean, y la UFI N° 24, la Fiscalía General resolvió que las actuaciones permanezcan bajo la responsabilidad de Borean.

Según detalló, la controversia se originó en los criterios de distribución de expedientes establecidos por la propia Fiscalía General, particularmente en relación con las características del hecho denunciado y el ámbito en el que presuntamente se produjo.

"La UFI 12, que es la que toma la causa en primera instancia, entiende que debe intervenir otra fiscalía, conforme ese orden de trabajo dispuesto por Fiscalía General. Esa otra fiscalía, que es la UFI 24, entiende que no le corresponde y esa definición la toma el Fiscal General, diciendo que tienen que continuar las actuaciones en la UFI 12", explicó.

De esta manera, quedó despejada la cuestión de competencia y la investigación continuará en manos del fiscal que intervino inicialmente.

Llano aclaró que esta situación no representa un inconveniente para la parte denunciante y descartó que exista algún cuestionamiento hacia el funcionario judicial.

"Nosotros confiamos en el trabajo que haga cualquier fiscal y lo mismo para los jueces de Garantías. No tenemos ningún problema en ese sentido", sostuvo.

La denuncia, presentada el pasado 23 de septiembre por una trabajadora municipal que cumplía funciones en dependencias gremiales, dio origen a una investigación por presuntos hechos de acoso y abuso sexual.

Como informó oportunamente ABCHoy, el Juzgado de Garantías N° 1, a cargo de Alberto Moragas, dispuso una prohibición de acercamiento de Martínez Lastra hacia la denunciante por 90 días, con un radio de 300 metros.

La denunciante ya interviene como particular damnificada

Llano confirmó que la trabajadora municipal se constituyó como particular damnificada, una figura procesal que le permite participar activamente en la investigación penal preparatoria, acceder a las actuaciones y proponer medidas de prueba.

El abogado indicó que su intervención comenzó después de presentada la denuncia y que actualmente se encuentran trabajando en el análisis de los elementos incorporados al expediente.

Entre esos materiales mencionó conversaciones de WhatsApp y otros registros que deberán ser evaluados en conjunto con las circunstancias denunciadas.

"Estamos en sus inicios. Hay que ser pacientes e ir paso a paso, sobre todo respecto de los hechos, las circunstancias, el tiempo y el lugar. Hay que estudiar todo eso", expresó.

Consultado sobre la solidez de los elementos aportados por la denunciante, evitó anticipar conclusiones y explicó que será necesario determinar su relevancia jurídica y su correspondencia con una eventual figura delictiva.

"Hay que ver que esa denuncia y esas pruebas se corresponden con una tipificación penal. Eso es lo que nosotros estamos buscando argumentar", señaló.

El Municipio bajo la lupa: "Tiene responsabilidad como empleador"

Uno de los tramos centrales de la entrevista estuvo vinculado con el papel del Gobierno municipal en el caso, teniendo en cuenta que tanto Martínez Lastra como la denunciante son agentes municipales.

En particular, Llano remarcó que la mujer se encontraba prestando funciones en el ámbito del sindicato mediante un decreto firmado por el intendente, circunstancia que, a su entender, obliga a examinar las responsabilidades del Ejecutivo respecto de las condiciones laborales y el resguardo de la trabajadora.

"El Municipio tiene responsabilidad como empleador también. Porque la denunciante no es empleada del sindicato, es empleada del Municipio de Tandil", subrayó.

El letrado explicó que deben diferenciarse tres planos: la investigación penal, el sumario administrativo que se sigue contra Martínez Lastra como agente municipal y las eventuales responsabilidades del Estado local como empleador de la denunciante.

"Cada instancia tiene su responsabilidad, sus partícipes y sus instancias de prueba requeridas. Obviamente, no es lo mismo las exigencias que tiene una tipificación penal a lo que requiere un reproche administrativo", puntualizó.

Y agregó que pueden existir conductas susceptibles de recibir sanciones en el ámbito laboral, incluso cuando no configuren un delito penal.

El abogado también puso el foco en las condiciones en las que empleados municipales son destinados a cumplir tareas en organizaciones gremiales.

En ese sentido, advirtió sobre las situaciones que pueden producirse cuando un agente queda en comisión en una dependencia externa a la estructura municipal y sobre la necesidad de que el empleador mantenga sus obligaciones de control y protección.

"Si la cuestión se resuelve como nosotros creemos, va a haber responsabilidades en el empleador", afirmó.

El sumario administrativo y los fueros gremiales

El 9 de octubre, ABCHoy informó que el intendente Miguel Lunghi y la presidenta del Sistema Integrado de Salud Pública, Cecilia Martens, habían firmado el Decreto N° 3057/2026, mediante el cual se ordenó la apertura de un sumario administrativo contra Martínez Lastra.

La medida dispuso investigar las presuntas inconductas denunciadas y determinar las eventuales responsabilidades administrativas.

Durante la entrevista, Llano fue consultado sobre el alcance de la tutela sindical del dirigente y sobre la posibilidad de que esa protección afecte el avance del procedimiento municipal. "Los fueros gremiales no son sinónimo de impunidad o de inmunidad. Al contrario, son una doble responsabilidad", sostuvo.

El abogado consideró que la existencia de protección sindical no impide por sí misma la investigación administrativa y que, si el procedimiento derivara en una decisión que requiriera excluir esa tutela, correspondería impulsar los mecanismos legales pertinentes.

También planteó que la respuesta municipal no debe analizarse exclusivamente desde lo jurídico, sino que tiene una dimensión institucional y política.

"Hay un acuerdo entre el Municipio y el sindicato en términos de que se sientan habitualmente. Estas cosas hay que resolverlas como un mensaje a la comunidad también. No solamente son términos estrictamente legales", manifestó.

En ese marco, señaló que será importante observar con qué celeridad y responsabilidad el Ejecutivo desarrolla las actuaciones administrativas.

La segunda denuncia por amenazas

Llano también fue consultado sobre la denuncia por presuntas amenazas presentada contra Martínez Lastra por otra trabajadora municipal. El abogado confirmó que mantuvo una entrevista con esa mujer, aunque aclaró que no ejerce su representación legal y que desconoce los alcances concretos de esa presentación judicial.

Por ese motivo, evitó pronunciarse sobre una eventual acumulación de ambas investigaciones. "Yo supongo que la fiscalía que ha tomado la denuncia evaluará si corresponde acumularlas", indicó.

Cabe recordar que Martínez Lastra se pronunció públicamente el pasado 16 de octubre sobre las acusaciones en su contra. A través de sus redes sociales agradeció el acompañamiento de trabajadoras vinculadas al sindicato, cuestionó lo que considera una condena social anticipada y manifestó que ejercerá su derecho de defensa ante la Justicia.

También aseguró haberse puesto a disposición de las actuaciones administrativas iniciadas por el Municipio.

Las denuncias continúan bajo investigación y no existe, a partir de la información expuesta en la entrevista, una determinación judicial de responsabilidad penal.

Santamarina y AMEMT: "Reconocieron que habían recibido ese dinero"

En otro tramo de la entrevista con Radio UP, Llano abordó el conflicto entre AMEMT y el Club Santamarina, en el que interviene como asesor legal de la mutual.

El reclamo, que ABCHoy dio a conocer en los últimos días, asciende a aproximadamente 46,4 millones de pesos y corresponde a prestaciones médicas brindadas a futbolistas de distintas categorías del club aurinegro.

Según explicó el abogado, AMEMT realizó intervenciones quirúrgicas, tratamientos de kinesiología y otras prácticas médicas a jugadores que contaban con una cobertura contratada por Santamarina a través de Sancor Seguros.

La modalidad permitía que los deportistas recibieran atención médica sin esperar el pago de la aseguradora. Posteriormente, el club debía percibir los reintegros y trasladar esos fondos a quienes habían realizado las prestaciones.

Sin embargo, de acuerdo con el reclamo de la mutual, ese último paso nunca se concretó. "AMEMT emitió la factura, se la dio al club, el club presentó esa factura en el seguro, cobró el seguro y después no le pagó a AMEMT. Así de simple", resumió Llano.

El abogado aseguró que, antes de iniciar acciones judiciales, mantuvo conversaciones con autoridades de Santamarina para intentar encontrar una solución. "Me contacté con el presidente (NdR: Diego Puissant), tuvimos una conversación, nos reunimos, reconocieron que habían recibido ese dinero y primero hicieron una promesa de pagos parciales que nunca cumplieron", reveló.

Según su relato, en esa reunión también participó la tesorera del club.

La afirmación sobre el reconocimiento de los fondos y el incumplimiento del compromiso de pago corresponde al representante legal de AMEMT y no fue contrastada en esta entrevista con la dirigencia de Santamarina.

El reclamo judicial también podría involucrar a los jugadores

Llano confirmó que recibió instrucciones de la conducción de AMEMT para avanzar con el reclamo por las vías legales.

"Ahora lo que vamos a tener que hacer son los pasos normales, habituales para iniciar una demanda: carta documento y todo lo que hay que hacer para poder intentar cobrar esas prestaciones", explicó.

Uno de los aspectos más delicados del conflicto es que las facturas fueron emitidas a nombre de los futbolistas que recibieron atención médica, aunque las pólizas habían sido contratadas por Santamarina.

Por ese motivo, el abogado indicó que el reclamo se dirigirá al club y también podría involucrar a los jugadores beneficiarios, o a sus padres cuando se trate de menores de edad.

"El beneficiario del seguro es el deportista. El club es solamente el puente, el tomador. El club cobra para pagar al prestador", explicó.

Y agregó: "El club se quedó con el dinero del deportista, que era el titular del seguro y que para eso contrató un seguro, para poder responder a su asistencia médica".

La eventual responsabilidad patrimonial de cada parte deberá establecerse conforme a la documentación y los vínculos contractuales correspondientes.

Como publicó ABCHoy el pasado 17 de octubre, aproximadamente el 20% del monto reclamado corresponde a servicios propios de AMEMT, mientras que el 80% restante está relacionado con prestaciones de traumatología, anestesia y ortopedia que la mutual debió afrontar con recursos propios.

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